Las huellas de Guillermo de Ockham en la Segunda Trasformación Mexicana
Guillermo de Ockham (c. 1287–1347) fue un fraile franciscano y filósofo escolástico que con su distinción radical entre razón y fe y su diferenciar entre el poder terrenal y el poder espiritual constituyó el pilar filosófico que permitió, siglos más tarde, la Reforma mexicana (1855-1873) con Juárez a la cabeza y conocida ahora como Segunda Trasformación. Ockham hizo posible el nacimiento del Estado laico moderno.
Guillermo de Ockham, considerado uno de los pensadores clave en la transición de la filosofía medieval al pensamiento moderno, no formuló el concepto de «laicismo» en el sentido secular contemporáneo, sin embargo, su filosofía puso las bases teóricas para la separación entre la Iglesia y el Estado, la autonomía de la política frente a la religión y el desarrollo de la ciencia empírica.
Separación del Poder Papal y el Poder Civil
Ockham vivió en una época de fuerte conflicto entre el Papa Juan XXII (1244-1334) y el Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico, Luis IV de Baviera (1282-1347). Ockham en sus escritos políticos (Sobre el gobierno tiránico del Papa, Ocho preguntas sobre la potestad del Papa), defendió posturas revolucionarias para su época.
En primer lugar, Ockham hizo una distinción de jurisdicciones. El poder civil nace de la necesidad social de convivencia y del derecho natural. Los gobernantes derivan su legitimidad del consentimiento de la comunidad o del pueblo, no de una concesión divina transmitida por el Papa; por el contrario, la autoridad del Papa es de carácter puramente espiritual, orientada a la salvación de las almas. Afirma Ockham que el Papa no otorga derechos ni poder político sobre los bienes terrenales o los gobiernos civiles. Ockham hizo una crítica del absolutismo papal: acusó al Papa de usurpador cuando intentó intervenir en asuntos temporales y económicos, argumentando que Cristo nunca ejerció ni reclamó dominio político secular.
En segundo lugar, al ser el nominalismo el punto de partida epistemológico del pensamiento de Ockham establece, a diferencia de Tomás de Aquino (quien buscaba armonizar fe y razón), que los dogmas religiosos (como la existencia de Dios o la inmortalidad del alma) no se pueden demostrar mediante la lógica ni la razón empírica. Pertenecen exclusivamente al ámbito de la fe.
Al desvincular Ockham a la razón de la teología, la política, la ley humana y la naturaleza pasaron a ser campos de estudio independientes que no necesitaban la supervisión de la autoridad eclesiástica; esta postura impactaría en el laicismo futuro.
Son tres las contribuciones fundamentales de Ockham al pensamiento laico superior.
En primer lugar, la autonomía de la política. Ockham sentó la idea de que la ley humana y la organización de la sociedad deben regirse por la razón, la equidad natural y el consenso social, liberando a las leyes civiles de la tutela teológica.
En segundo lugar, la defensa del individuo y la libertad de conciencia. Al sostener Ockham que la fe es una convicción interior no demostrable racionalmente, abrió camino a la idea de que la religión no debe imponerse mediante la coacción del poder político.
En tercer lugar, Ockham es el precursor del contractualismo moderno al argumentar que la autoridad civil procede del consenso de los ciudadanos para garantizar el bien común. Sus ideas influyeron a pensadores del contrato social como Thomas Hobbes, John Locke y Jean-Jacques Rousseau.
Los planteamientos de Ockham fueron interpretados en México con el nombre de Reforma (1855 - 1873). Este periodo incluyó:
La Ley Juárez (1855). Suprimió los fueros eclesiásticos y militares en asuntos civiles, estableciendo la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.
La Ley Lerdo (1856). Obligaba a las corporaciones civiles y eclesiásticas a vender las propiedades urbanas y rurales que tenían improductivas, buscando reactivar la economía y mermar el poder financiero de la Iglesia.
La Constitución de 1857. Estableció formalmente las bases de los derechos individuales, aunque el tema de la tolerancia religiosa generó profundas tensiones que derivaron en la cruenta Guerra de Reforma (o Guerra de los Tres Años) entre liberales y conservadores.
Las Leyes de Reforma (1859-1860). Emitidas por Juárez desde Veracruz, radicalizaron la separación Iglesia-Estado. Entre ellas destacan: la Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos, la Ley de Matrimonio Civil, la Ley Orgánica del Registro Civil (el Estado asumió el control de los nacimientos, bodas y decesos), la Ley de Secularización de Cementerios y la libertad de cultos.
En México el laicismo adquiere un sólido estatus constitucional en 1873. Bajo el mandato del presidente Sebastián Lerdo de Tejada, los principios fundamentales de las Leyes de Reforma se incorporaron a la Constitución, garantizando que el Estado fuera totalmente independiente de cualquier institución religiosa.
Hoy día la vocación laica del Estado mexicano ha sido confirmada en 2012 con la reforma al artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este artículo señala textualmente que la nación mexicana se constituye como una república representativa, democrática, federal y laica.
Finalmente en México el laicismo garantiza la neutralidad del Estado frente a la diversidad de religiones y pensamientos, asegurando las libertades de conciencia y de culto, y la igualdad de todas las personas ante la ley.
